• Patria Potestad

    Patria potestad.

    La patria potestad es el conjunto de facultades y deberes que la ley otorga a ambos padres que tienen por finalidad favorecer el desarrollo del menor hasta que pueda regirse por sí mismo, normalmente hasta que cumple la mayoría de edad. 

    Como principio general, la patria potestad ha de ejercerse siempre teniendo en cuenta el beneficio de los hijos y la personalidad del menor. 

    El contenido de la patria potestad se refiere al deber de los padres de satisfacer las distintas necesidades de índole física, intelectual, afectiva y moral que precisen sus hijos incluyendo el de tenerlos en su compañía así como el deber de administrar sus bienes. 

    Dentro del deber de educación que pesa sobre los padres, se encuentra la facultad de corregir a los hijos de forma moderada y proporcional. 

    Paralelamente a esas obligaciones los hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad y respetarles, así como contribuir a los gastos de la familia mientras convivan con ella y en la medida de sus posibilidades. 

    Lapatria potestad se acaba por la muerte o declaración de fallecimiento de los padres o del hijo, por la mayoría de edad o por la adopción del hijo. El padre o la madre pueden ser privados de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes citados.

    Compartir en

    Lista de comentarios

    Escribe un comentario

    Nombre (requerido)
    Email (requerido, no será publicado)
    Recordar los datos en este equipo
    He leído y acepto la cláusula de protección de datos.
    Protección de datos